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Se conoce como acto de conciliación al procedimiento mediante el cual se trata de llegar a un acuerdo satisfactorio entre dos partes, como proceso administrativo previo a la interposición de una demanda judicial. Dicho acto de conciliación está regulado por la Ley 15/2014 de la Jurisdicción Voluntaria, y tiene como objetivo principal evitar un juicio posterior.

¿Cuándo procede el acto de conciliación?

La conciliación procede cuando se quiere alcanzar algún tipo de acuerdo para evitar un pleito. Es un procedimiento de lo más usual en el ámbito laboral y en el civil. No se permitirá dicho acto en los siguientes supuestos:

  • Aquellos juicios en los que estén interesados los menores y todas aquellas personas que tengan capacidad modificada judicialmente para poder administrar todos sus bienes. Nuestros abogados en derecho civil pueden asesorarte cuando se trata de estos asuntos.
  • Aquellos juicios en los que el Estado, las Administraciones públicas y las Comunidades Autónomas estén interesados.
  • Proceso de reclamación de responsabilidad civil contra jueces y magistrados.
  • Los que se promuevan sobre materias no susceptibles de transacción ni compromiso.

¿Cómo actuar en un acto de conciliación?

Se puede responder ante un acto de conciliación mediante la interposición de acción de nulidad. Es necesario que se interponga durante los quince días siguientes a la celebración de dicha conciliación.

que hacer en un acto de conciliacion

Usualmente, los procesos de conciliación suelen ser bastante rápidos. Cuando afecta al ámbito laboral no se suelen demorar los 15 días hábiles, mientras que si se trata de ámbito civil, no se podrá demorar más de 10 días.

¿Cómo se tramita una solicitud de un acto de conciliación?

La persona que quiera tramitar el acto de conciliación deberá presentar ante el órgano competente la solicitud por escrito en la que se establezcan todos los datos y circunstancias relativas a la identificación del solicitante y también del requerido o requeridos, los domicilios pertinentes, así como el motivo de dicha conciliación y la fecha. El solicitante tendrá potestad para poder acompañar la solicitud con todos aquellos documentos que se consideren oportunos para la causa.

Es importante que tengas en cuenta que para realizar dicha solicitud no será necesaria la intervención de ningún procurador o abogado, aunque siempre es necesario poder contar con el asesoramiento de un experto en la materia.

¿Quién es el órgano competente?

El órgano competente en el que hay que presentar la solicitud del acto de conciliación, depende de si el requerimiento lo efectúa un particular o una empresa, es decir, una persona física o jurídica:

  • Requerimiento por persona física: en este caso, el órgano competente será el Juez de Paz o el Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia del domicilio de la persona demandada.
  • Requerimiento por persona jurídica: también se encargará el mismo órgano en este caso, siempre y cuando el requerido tenga algún establecimiento abierto al público o un representado que esté autorizado en esa localidad.

Acto de conciliación laboral

Para concluir, es importante hacer especial hincapié al acto de conciliación laboral, ya que es el más habitual. Este acto se da cuando existen ciertas discrepancias entre trabajador y empresa, y se pretende alcanzar un acuerdo entre ambas partes sin tener que llegar a la necesidad de presentar una demanda. Si te encuentras ante una de estas situaciones y necesitas asesoramiento por parte de un experto, siempre es recomendable acudir a nuestros frabogados especializados en derecho laboral para poder tramitar este apartado de la mejor forma posible.